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Irreductibles para una Ley en Ciberseguridad
marzo, 27, 2024
3 minutos de lectura
El Sector Privado y el CERC consolidan análisis a las iniciativas existentes
¿Qué debe tener una ley?
- La ciberseguridad debe atenderse como una responsabilidad compartida, por lo que su marco regulatorio NO debe reducirla a una capacidad exclusiva del Estado. De ahí que se debe incluir a la academia, la sociedad civil, la industria de ciberseguridad, tanto en la generación de la ley, así como sujetos de ésta, previendo el cuidado de infraestructuras críticas, gestión de riesgos, concientización y cultura de la ciberseguridad.
- Enfocarse en establecer protocolos mínimos para afrontar ataques y amenazas más que sancionar a la sociedad, para lo cual se deberán establecer obligaciones claras y concretas en la materia. El objetivo de la ley no debe ser controlar a la sociedad sino procurar lo necesario para que todos gocemos de un ciberespacio seguro.
- Tomar en consideración los compromisos adoptados por México en la materia, así como atender a las mejores prácticas internacionales y sus definiciones, por lo que habrá de establecer obligaciones, estándares, requisitos, protocolos, establecimiento de certificaciones, etc.
- Es necesaria una estructura institucional multidisciplinaria con los recursos necesarios y el marco regulatorio pertinente para su eficacia. Así como, el establecimiento claro y definido de la competencia de las autoridades.
- Articular, de manera transversal, con otras entidades encargadas del proceso de implementación de políticas públicas sobre ciberseguridad, como lo son el IFT y el INAI.
- Procurar una mayor coordinación y la homologación con otros ordenamientos existentes como: i) Ley de General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; ii) Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Privados; iii) Disposiciones acordadas en acuerdos comerciales internacionales como: T-MEC, TIPAT, y Alianza del Pacífico; iv) Estrategia Digital Nacional y el Acuerdo de Políticas y Disposiciones para uso de TICs en la APF.
- No militarizar el ciberespacio. Por lo que para cualquier intervención de este tipo siempre debe cumplirse con las condiciones y requisitos de la Constitución y la Ley de Seguridad Nacional.
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